Preguntas frecuentes

1. Que centros pueden participar?

Solo centros públicos dependientes de esta consellería (EEI, CRA, CEIP, CEP, CEE, CPI, IES, CIFP y EPAPU).

2. Cuantas modalidades de proyecto se pueden solicitar?

Hasta un máximo de dos.

3. Cuál es el plazo para presentar las solicitudes y el/los proyecto/s de la convocatoria 2024/25?

El plazo comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el portal educativo y finalizará el día 13 de noviembre de 2024.

4. Como se solicita la participación?

Primero, introduciendo los datos en la aplicación informática habilitada para tal fin. Tendrá acceso a la creación de la solicitud a persona responsable de la dirección del centro o persona autorizado con el usuario @edu.xunta.gal. La ruta es la siguiente:

  • Programas de éxito educativa > Aplicación (Programas de éxito educativo) > Convocatoria (2024/25), Programa (Proyectos de Inclusión Educativa (PIE) 2024/25).

  • En el menú de la izquierda presionar en Detalle programa > presionar SOLICITAR (en la parte inferior izquierda) > cubrir los datos solicitados y presionar en CREAR.

  • A continuación, seleccionar la/s modalidad/es que pretende desarrollar el centro. Presionar en GUARDAR y, seguidamente, en PRESENTAR Y EDITAR El PROYECTO. De este modo, se abrirá una nueva página donde deberá cubrir todos los campos obligatorios (marcados con *) de la/s modalidad/es solicitada/s. En el caso del apartado "k) Alumnado al que va destinada esta modalidad" se deberán cubrir todos los datos. En el caso de aquellas enseñanzas y etapas educativas que no se impartan en el centro y que no vayan a participar en el programa, se especificará uno "0".

  • Es importante no olvidarse de ir guardando los datos para evitar perderlos en caso de que caduque la sesión.

5. Donde se publicará la información de la Resolución de esta convocatoria?

En https://www.edu.xunta.gal/portal/  y en el espacio web de https://www.edu.xunta.gal/portal/pie/

6. Como se puede realizar una reclamación?

Una vez finalizado el procedimiento de selección de los proyectos, la comisión hará pública la resolución provisoria, que se difundirá en http://www.edu.xunta.gal/portal y en el espacio web dentro del portal educativo dedicado a los Proyectos de Inclusión Educativa (PIE).

La publicación de la resolución provisional abrirá un plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones o renuncias, dirigidas a la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, que deberán presentarse obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) a través del formulario correspondiente al procedimiento de presentación electrónica de solicitudes, escritos y comunicaciones que no cuenten con un sistema electrónico específico ni con un modelo electrónico normalizado (código PR004A), junto con la documentación complementaria. Para la presentación de las reclamaciones o renuncias podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).

Transcurrido este plazo, una vez estudiadas y, si es el caso, atendidas las mencionadas reclamaciones y/o renuncias, la comisión seleccionadora elevará la propuesta definitiva a la persona titular de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa que resolverá la relación final de los centros seleccionados.

7. Quien elabora el plan de mejora que se va a desarrollar?

Como establece el apartado 4.2 de la Resolución, el plan será elaborado por el equipo directivo que, previamente, deberá realizar un análisis sobre los procesos que se vienen desarrollando en el centro para identificar sus fortalezas y debilidades.

8. Que duración tiene el programa?

El curso escolar para el cual se convoca, esto es, 2024/25.

9. Tiene algún tipo de reconocimiento a participación del profesorado participante en los Proyectos de Inclusión Educativa (PIE)?

La Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional certificará, cumplidos los requisitos establecidos en la convocatoria, la participación del profesorado del centro directamente implicado en el proyecto como actividad de innovación educativa con 20 horas de formación del profesorado. Esta certificación estará supeditada a la evaluación positiva de la memoria y a la participación activa en las acciones desarrolladas.

Se emitirá una única certificación por docente, independientemente del número de modalidades en las que participe y del rol que desempeñe en ellas.

10. Contarán los centros educativos con recursos extraordinarios para el desarrollo del programa?

La Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, podrá dotar a los centros de una asignación presupuestaria.

De ser el caso, las actividades y medidas propuestas que coincidan con las desarrolladas por medio de otros planes o programas promovidos por esta consellería no podrán ser objeto de financiación adicional.

11. Justificación de las ayudas recibidas para el curso 2024/25.

Las ayudas económicas recibidas a través de Proyectos de Inclusión Educativa (PIE) se justificarán a través de la aplicación XECOCENTROS y se reflejarán en la memoria final del centro.

12. Memoria de las actuaciones desarrolladas en el curso 2024/25.

Tras el final del programa, los centros participantes deberán cubrir en la aplicación informática de referencia https://www.edu.xunta.gal/programaseducativos/, dentro del plazo establecido al efecto y en el apartado del menú izquierdo "Memoria", la memoria de las actuaciones desarrolladas en Proyectos de Inclusión Educativa (PIE), tal como establece la Resolución de la convocatoria en el apartado 11.3. Esta memoria deberá incorporar (a través de enlaces, imágenes...) muestras del producto final conseguido que permitan constatar el desarrollo acomodado del plan. No será necesario enviar la memoria por ninguno otro medio.

La persona directora, o persona autorizada, será quien tendrá acceso a la aplicación para cubrirla a través de su cuenta de correo electrónico @edu.xunta.gal

Una vez cubierta la memoria cumplirá generar el informe de la memoria a través del apartado del menú izquierdo "Informes" > "Informes generales" > "Memoria" > "Generar informe". Una vez generado el informe de la memoria es necesario descargarlo, firmarlo digitalmente y subirlo en el apartado del menú "Anexos", para lo cuál debemos seleccionar el tipo de documento "Documento de memoria firmada".

Esta acción solo podrá ser efectuada exclusivamente por la persona directora del centro educativo, no cabe delegación.

13. Incorporación de profesorado participante

El profesorado que participe activamente en las distintas modalidades será incorporado en la aplicación por la persona directora del centro, o persona autorizada, que es quien acredita dicha participación.

14. Sobre gastos de funcionamiento de todas las actuaciones.

No se contempla la financiación de: obras y equipación, mobiliario, reparaciones, software, intercambios escolares, material inventariable objeto de dotación por parte de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, gastos asociados a otros planes o programas promovidos por la Consellería (apartado 6.3 de la Resolución), viajes de ocio (solo desplazamientos para actividades directamente vinculadas a los proyectos) y otros gastos injustificados y así valorados por la Comisión de selección.

15. Sobre la aplicación informática:

  • Como puedo acceder a la aplicación? A través de la URL: https://www.edu.xunta.gal/programaseducativos/

  • Su uso es obligatorio? Sí, es imprescindible porque toda la gestión de la convocatoria se desarrolla a través de ella.

  • Quien puede introducir los datos en la aplicación? La dirección del centro o persona autorizado, excepto la generación del informe de la memoria y subsiguiente asignación en el apartado de anexos que corresponderá exclusivamente a la persona directora del centro.

  • Hay que presentar una solicitud por cada actuación? No. Cada centro presentará una única solicitud incluso se solicita el máximo de las dos modalidades de proyecto permitidas.

  • Puedo realizar modificaciones sobre la solicitud? Sí, siempre dentro del plazo de solicitud establecido en la convocatoria. Con todo, hace falta tener la precaución de guardar los cambios y generar y custodiar en el centro la última solicitud generada.

  • Los cuadros de texto tienen una extensión limitada? Sí, todos, aunque la extensión máxima contempla un número de caracteres suficiente para los requerimientos textuales y numéricos solicitados. Sin embargo se recomienda emplear procesadores de texto fuera de la aplicación para redactar aquellos apartados que requieran una extensión y un esfuerzo de elaboración textual considerable y al mismo tiempo para contar el número de caracteres empleados. En el caso de datos numéricos no se deben poner decimales. Cuando sea preciso, se redondeará el decimal al entero más próximo. Tampoco poner el símbolo del porcentaje.