Ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoutoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego para el año 2019
Orden de 28 de mayo de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoutoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y si procede a su convocatoria para el año 2019.
- El plazo de presentación de solicitudes para la modalidad A será de un mes que contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG. El plazo de presentación de solicitudes para la modalidad B será del 1 a 31 de agosto de 2019.
Cuál es el objeto de estas ayudas?
La formación de personal investigador doctor mediante su contratación por alguno de los centros citados en el apartado siguiente. Estas ayudas tienen dos modalidades:
- Modalidad A: ayudas de apoyo a la etapa inicial de formación posdoctoral, de un total de tres años, consistentes en la financiación de un contrato de estadía de dos años en el extranjero y de un año en la Comunidad Autónoma de Galicia al retorno de la dito estadía.
Hasta un máximo de 10 ayudas en el ámbito del SUG y de 2 ayudas para las demás entidades podrán obtener a condiciones de becarios Fulbright siempre que presenten un plan de estadías de 2 años de estadía en los Estados Unidos de América.
- Modalidad B: ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral, de un total de dos años, con el objeto de dar continuidad a la formación y propiciar el establecimiento una trayectoria investigadora propia al personal investigador que se encuentra en los siguientes casos:
- Aquellas personas investigadoras que consiguieron una ayuda de formación inicial (modalidad A) en la convocatoria del año 2016 y que, una vez completado y finalizado el contrato derivado de este programa, obtuvieran una evaluación positiva.
- Aquellas personas investigadoras que obtuvieron una ayuda de formación inicial (modalidad A) en la convocatoria de 2014 a las que por circunstancias especiales si les concediera el aplazamiento de la evaluación y que una vez completado el programa, obtuvieran una evaluación positiva.
Quien puede solicitar estas ayudas?
La Secretaría General de Universidades de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional financia las universidades del Sistema universitario de Galicia (en adelante SUG).
La Gain financia a las entidades ajenas al SUG: organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur), y a los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) y el IEO (Instituto Español de Oceanografía) radicados en Galicia.
Tipo e intensidad de la ayuda
- Tipo de convocatoria: convocatoria en régimen de concurrencia competitiva
- Tipo de ayuda: ayuda a fondo perdido
- Intensidad de la ayuda: 100 %
- Duración de las ayudas: un máximo de 3 años (modalidad A) y un máximo de 2 años (modalidad B)
- Presupuesto total: 8.667.800 euros (la aportación por parte de la Secretaría General de Universidades será de 7.712.000 € y por parte de la Gain será de 955.800 €)
Número e importe de las ayudas
El número e importe máximo de las ayudas concedidas para la financiación de los contratos laborales (incluyendo sus costes sociales) es el siguiente:
- Modalidad A: 46 ayudas (la previsión inicial es de 40 ayudas para lo SUG, de las cuales hasta 10 pueden obtener la condición de becarias Fulbright, y 6 para las demás entidades, de las cuales 2 pueden obtener la condición de becarias Fulbright). Los importes de estas ayudas son:
- En la fase de estadía:
- 34.680 euros brutos en concepto de salario y costes sociales si el destino de la estadía está en Portugal o Andorra (zona 1).
- 42.000 euros brutos en concepto de salario y costes sociales si el destino de la estadía está en Europa (excepto Portugal o Andorra), África o América, excepto EUA y Canadá (zona 2).
- 48.400 euros brutos en concepto de salario y costes sociales si el destino de la estadía está en los EUA, Canadá, Asia u Oceanía (zona 3). Para aquellas personas investigadoras que consigan la condición de becarias Fulbright, se añadirán un total de 5000 euros brutos anuales durante los dos años de estadía en los EUA.
- En esta fase se establece un complemento de 1.500 euros anuales por cada persona contratada con cargo la estas ayudas. Dito complemento tiene por objeto cubrir, además de los gastos asociados a la contratación, los costes por cada persona contratada de la suscripción de un seguro de accidentes, de responsabilidad civil y, cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española (o cuando las coberturas de este concerto fueran insuficientes) de un seguro de asistencia médica cuyo ámbito de cobertura incluya el país de destino. Estos seguros deberán cubrir el período total de estadía efectiva.
- En la fase de retorno:
- Un máximo de 38.000 euros anuales, incluyendo en este importe la retribución bruta anual y el pago de los costes sociales.
- Un complemento la cada una de las entidades beneficiarias que se establece en 1.000 euros anuales por cada persona contratada con cargo la estas ayudas para cubrir los gastos asociados a la contratación.
- En la fase de estadía:
- Modalidad B: 21 ayudas
- Un total de 38.000 euros anuales, incluyendo en este importe la retribución bruta anual y el pago de los costes sociales.
- Una ayuda complementaria por cada persona contratada para el establecimiento de una línea propia de investigación con el siguiente desglose por anualidades: 10.000 euros en el año 2020, 10.000 euros en el 2021 y 5.000 euros en el 2022.
- Un complemento la cada una de las universidades beneficiarias que se establece en 1.000 euros anuales por cada persona contratada con cargo la estas ayudas para cubrir los gastos asociados a la contratación.
A donde acudir?
- Para solicitudes presentadas por universidades del SUG:
Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional
Secretaría General de Universidades
Subdirección General de Promoción Científica y Tecnológica Universitaria
Servicio de Planificación y Estructuración de la Investigación
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela
Teléfono: 881995152
Email: promocioncientifica.educacion@xunta.gal
Información web: http://www.edu.xunta.gal
- Para solicitudes de entidades ajenas al SUG:
Consellería de Economía, Empleo e Industria
Agencia Gallega de Innovación
Rúa Eras Nunes, s/n
15702 Santiago de Compostela
Teléfono: 881999213 Fax: 981541039
Email: axudas.gain@xunta.gal
Información web: http://gain.xunta.gal
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