Licencias por formación destinadas al funcionariado docente no universitario para el curso 2019/2020
Resolución de 5 de junio de 2019 por la que se convocan licencias por formación para el curso 2019/20 destinadas al funcionariado docente no universitario y se aprueban sus bases de concesión.
Plazos de preinscripción e inscripción:
- Preinscripción: hasta el 12 de junio (incluido). REQUISITO OBLIGATORIO
- Inscripción: hasta el 21 de junio (incluido).
Destinatarios:
Personal docente que pertenezca a los cuerpos que imparten enseñanzas de las establecidas en la LOE, destinado durante lo curso académico 2019/2020 en centros educativos públicos y en los servicios provinciales de Inspección educativa dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia.
En las modalidades de grupo, que con carácter general estarán conformados por personal funcionario de carrera o con no más del 50% de sus componentes personal interino, se aplicará la siguiente orden de prelación:
1º.- Todos ellos sin licencia en los dos últimos cursos (2017/18 y 2018/19).
2º.- Alguno sin licencia nos últimos dos cursos (2017/18 y 2018/19).
3º.- Todos ellos con licencia nos últimos dos cursos (2017/18 y 2018/19).
En el caso de quedar plazas vacantes estas podrían ser concedidas a grupos conformados por más del 50% de sus componentes personal interino, con la siguiente orden de prelación:
1º.- Todos ellos sin licencia en los dos últimos cursos (2017/18 y 2018/19).
2º.- Alguno sin licencia nos últimos dos cursos (2017/18 y 2018/19).
3º.- Todos ellos con licencia nos últimos dos cursos (2017/18 y 2018/19).
Requisitos
Las personas candidatas a la licencia por formación deberán reunir los siguientes requisitos:
la) Personal docente funcionario.
1º. Estar en situación de servicio activo y prestando servicios ininterrumpidos durante los cursos 2017/18 y 2018/19, y en el 2019/20 seguir teniendo destino y ejerciendo docencia directa con alumnado en centros docentes educativos dependientes de la consellería.
2º. No tener destino en comisión de servicios durante lo curso 2019/20, excepto el profesorado destinado en centros de enseñanzas artísticas superiores y lo que esté disfrutando de una comisión de servicios por conciliación de la vida familiar y laboral o por motivos de salud.
3º. Cuando los participantes fueran beneficiarios de una licencia por formación en el curso 2018/19, la obtención de la calificación de apto en el trabajo desenvolvido será condición indispensable para la obtención de una licencia en esta convocatoria.
b) Personal en prácticas
El personal en prácticas podrá solicitar una licencia por formación en todo caso, pero no podrá disfrutar de ella en el período efectivo de las prácticas.
c) Personal interino.
Para estos efectos se entenderá como profesorado interino únicamente aquellas personas que tengan nombramiento como tales hasta el final del curso académico correspondiente.
Modalidades:
Se convocan seis modalidades de licencias por formación, todas ellas retribuidas, por un período total de 500 meses, de acuerdo con la siguiente temática y distribución:
1. Proyectos individuales para la creación de materiales curriculares digitales para segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria (ESO) y bachillerato.
Duración: de 1 a 3 meses, de acuerdo con el cronograma del proyecto aprobado (entre el 15 de septiembre de 2019 y el 30 de junio de 2020).
Meses convocados: 80
2. Grupos de trabajo de dos o tres miembros para la creación de materiales curriculares digitales para segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria (ESO) y bachillerato.
Duración: de 1 a 3 meses, de acuerdo con el cronograma del proyecto aprobado (entre el 15 de septiembre de 2019 y el 30 de junio de 2020).
Meses convocados: 80
3. Proyectos individuales para la elaboración o adaptación de materiales curriculares plurilingües para las enseñanzas de formación profesional.
Esta modalidad tendrá las siguientes submodalidades:
Submodalidade 3.la. Elaboración de materiales inéditos en una lengua oficial y/o en otra o en otras lenguas extranjeras.
Submodalidade 3.b. Actualización de materiales creados en convocatorias anteriores y, simultáneamente, su adaptación a una o más lenguas extranjeras.
Duración: de 1 a 3 meses, de acuerdo con el cronograma del proyecto aprobado (entre el 15 de septiembre de 2019 y el 30 de junio de 2020).
Meses convocados: Submodalide 3.la: 24. Submodalidade 3.b: 6.
4. Grupos de trabajo de dos o tres miembros para la elaboración de materiales curriculares plurilingües para las enseñanzas de formación profesional.
Duración: de 1 a 3 meses, de acuerdo con el cronograma del proyecto aprobado (entre el 15 de septiembre de 2019 y el 30 de junio de 2020).
Meses convocados: 70
5. Proyecto indiviual o en grupos de trabajo de dos o tres miembros para la creación de cursos no presenciales para la formación del profesorado.
Duración: de un la tres meses para la creación individual de un curso nuevo, o de seis se es en grupo; para la remodelación de un curso existente a duración máxima será de dos meses si la licencia es individual o hasta cuatro meses si es en grupo.
Podrá desarrollarse dentro del primero trimestre (beneficiarios que hayan superado el curso ‘Crear cursos Platega’ o en el segundo trimestre (beneficiarios indicados en el apartado anterior y los que realizaran y superaran el indicado curso durante lo primero trimestre).
Meses convocados: 40
6. Perfeccionamiento en lenguas extranjeras en el exterior.
Dirigida preferentemente al profesorado no especialista de enseñanza primario y secundario que acredite como mínimo el nivel B2 en lengua extranjera del Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCERL) o tenga conocimiento equivalente acreditable según la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta Consellería, excepto lo establecido para el profesorado actualmente en secciones bilingües, en la disposición adicional primera.
Duración: mínima de un mes y máxima de tres meses (de 15 de septiembre de 2019 a 31 de agosto de 2020).
Este perfeccionamiento se llevará a cabo mediante cursos centrados en el perfeccionamiento lingüístico intensivo, de cuando menos 20 sesiones semanales de, como mínimo, 45 minutos cada una, realizados en todo caso en un país extranjero, con preferencia para países de la Unión Europea, Estados Unidos y Canadá. Estos cursos deberán estar vinculados al Marco común europeo de referencia para las lenguas o de metodología CLIL/AICLE (aprendizaje integrado de contenidos y lenguas).
Meses convocados: 200
Documentación necesaria
? Solicitud segundo el modelo del anexo II de la convocatoria.
? Proyecto de estudios o de trabajo de investigación que se pretenda realizar durante el período de la licencia, según el contenido del anexo IV.
? La demás documentación específica para cada modalidad requerida en la convocatoria.
Más información
Mail: licenzas.fprofe@edu.xunta.es
- 99 76 35. Cuestiones administrativas y modalidad 6.
981 52 24 11 (CAFI-Departamento Educación Digital. Incidentes con Fprofe y modalidades 1, 2 y 5.
- 54 65 52. Modalidades 3 y 4.
Servicio de Formación del Profesorado
Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa
Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional