Proyecto de decreto por el que se regula la inspección en el ámbito universitario en la Comunidad autónoma de Galicia

Mié, 26/08/2015 - 13:44

Participación ciudadana en la elaboración  de disposiciones de carácter general

La Secretaría General de Universidades en el ejercicio de sus competencias y de acuerdo con el establecido en el párrafo 3 del artículo 42 de la Ley 16/2010, del 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, en relación con el dispuesto en el artículo 9 de la Ley 4/2006, del 30 de junio, de transparencia y buenas prácticas en la Administración pública gallega, inicia el trámite de información pública del Proyecto de decreto por el que se regula la inspección en el ámbito universitario en la Comunidad autónoma de Galicia, mediante su exposición en la página web de esta consellería, durante un período de quince días hábiles.

Las sugerencias o recomendaciones recibidas serán tenidas en cuenta por el órgano encargado de la redacción del texto del proyecto, que podrá asumirlas o rechazarlas a través de un informe final, en el cual cada una recibirá una respuesta razonada, excepto en los casos de reconocida y notoria urgencia, en los que la respuesta podrá ser común para todas aquellas sugerencias que formulen cuestiones sustancialmente iguales.

Título de la disposición: Proyecto de decreto por el que se regula la inspección en el ámbito universitario en la Comunidad autónoma de Galicia

Órgano administrativo: Secretaría General de Universidades.

Estado de tramitación: Información pública (desde lo 26 de agosto hasta el 11 de septiembre de 2015).

Forma de remisión de las sugerencias: Por vía telemática a través del correo electrónico suxestions.sxu@edu.xunta.es. Las personas que deseen presentar una sugerencia deberán facilitar los siguientes datos : Nombre y apellidos, DNI y correo electrónico.

(Nota:Los datos recibidos serán empleados únicamente para los fines relacionados con la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y en todo momento se respetará lo que señala la Ley orgánica 15/1999, del 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal  y Real Decreto 944/1999, del 11 de junio, por lo que se aprueba el Reglamento de medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal).