Galicia continúa a ser la comunidad pionera en la mejora del clima escolar con la elaboración del decreto que desarrolla la ley de convivencia y participación de la comunidad educativa
La Consellería de Cultura y Educación elaboró la primera ley en España al respeto en la que se recoge también el cyberbullying de forma específica, y publicó además un protocolo para guiar los centros en estas situaciones
Como novedad , se establece el procedimiento conciliado para la resolución de conflictos, promoviendo el diálogo entre las partes y la inmediatez de la corrección educativa
Asimismo se crea un Consejo para la Convivencia Escolar de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como una Comisión de Convivencia en cada centro de enseñanza
La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria pondrá el acento en las actuaciones preventivas y en la formación del alumnado, profesorado, familias y personal no docente en el decreto que desarrolla la Ley 4/2011 de convivencia y participación de la comunidad educativa, que será enviado al Consejo Consultivo tras su aprobación hoy por el Consello da Xunta. De este modo, Galicia continúa a ser la comunidad autónoma pionera en la mejora del clima escolar, al elaborar la primera ley en España que recoge también el cyberbullying de forma específica, y que publicó un protocolo de prevención, detección y tratamiento de las situaciones de acoso escolar, por lo que es la primera comunidad autónoma que recoge en uno mismo protocolo el tratamiento del acoso y la del ciberacoso. Hace falta destacar, además, que se mantiene la apuesta por la rápida resolución de los procedimientos que se abran para la imposición de las medidas correctoras, en un plazo máximo de doce días lectivos desde que se tuvo conocimiento de los hechos que dieron lugar a su incoación.
Hace falta señalar que la Consellería tiene en marcha otras iniciativas en este campo, como actividades de formación del profesorado, la participación en programas a favor de un bueno clima en el aula ?proyecto europeo ARBAX, Plan director en colaboración con la Delegación de Gobierno, entre otros-, o el lanzamiento de diferentes espacios web con recursos para el profesorado y el alumnado alrededor de esta materia.
Consejo para la Convivencia Escolar
El nuevo texto ahonda en las bases sentadas por la dicha ley, en concreto en el referido a centrar las acciones dirigidas a mejorar el clima escolar en la detección de las conductas conflictivas, en la mediación y en la corresponsabilidad. En este sentido, el decreto señala por primera vez a todos los miembros de la comunidad educativa como agentes responsables de la convivencia escolar. Para velar por ella se establece la creación de una comisión de convivencia, que se encuadrará en el seno del Consejo Escolar. Entre sus funciones estará la elaboración del Plan de convivencia, la adopción de medidas preventivas y de mejora de la convivencia, así como todas las acciones dirigidas a su seguimiento y de las actuaciones correctoras.
Además, el decreto prevé la creación del que será el primer Consejo para la Convivencia Escolar de la Comunidad Autónoma de Galicia, un órgano consultivo y de apoyo a toda la comunidad educativa en el que se refiere a la convivencia escolar, que contará con el apoyo de los servicios técnicos de la Administración para fomentar la participación de los miembros de la comunidad educativa en la mejora del clima en los centros de enseñanza.
Entre sus funciones estarán la de evaluar la situación de la convivencia en los centros, estableciendo estrategias para la recogida de información, análisis y difusión de los datos, impulsando y proponiendo líneas de actuación de investigación, prevención e inclusión en esta materia, información que será recogida en una memoria anual elaborada al final de cada curso escolar. Además, propondrá iniciativas de cara a la mejora del clima escolar, elevará propuestas de actuación a la Administración educativa y realizará su seguimiento y evaluación; incluirá también líneas de actuación en materia de formación del profesorado. Asimismo, el Consejo colaborará y coordinará sus actuaciones con diferentes organismos y entidades que tengan entre sus fines a prevención y resolución de conflictos, así como la potenciación y mejora de la convivencia escolar.
Acento en las medidas preventivas
El decreto ponen el acento en la prevención y en la detección precoz, promoviendo el desarrollo de actividades de acogida, sensibilización y formación del profesorado, el alumnado, las familias y el personal no docente en este campo. Así, se hace especial hincapié en las actuaciones, programas y medidas para la mejora de la convivencia desde una perspectiva preventiva, y la Consellería se compromete a impulsar actividades formativas en esta materia. De hecho estas actuaciones ya se prevén en convocatorias como la de planes de formación en centros. En esta misma línea, la mediación escolar aparece destacada como una medida de resolución de conflictos.
Otra de las novedades de este decreto es el establecimiento del procedimiento conciliado para la corrección de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia, de manera que se persigue que el diálogo, la implicación y el compromiso del alumnado corregido y de su familia sirva para que la persona agraviada se sienta valorada, que las medidas correctoras sean consensuadas -de ser el caso- con la colaboración de un mediador para lograr el acercamiento con las personas afectadas y, al mismo tiempo, para facilitar la inmediatez de la corrección educativa.
Asimismo, se regula el funcionamiento de las aulas de convivencia inclusiva para sustituir el tiempo de expulsión del alumnado que estuviera temporalmente privado de su derecho de asistencia al centro como consecuencia de la imposición de medidas correctoras; y de las escuelas de madres y padres, que podrán proponer iniciativas tendentes a prevenir y resolver conflictos de convivencia, mejorar la convivencia y fomentar el respeto mutuo y la tolerancia en el centro educativo.
En esta misma línea se establece que las medidas de corrección deberán tener carácter educativo y recuperador, garantizar el respeto de los derechos de todo el alumnado y procurar la mejora de la convivencia en el centro docente, ser proporcionales a la gravedad de la conducta corregida y, en definitiva, contribuir la que la alumna o el alumno corregido asuma el cumplimiento de sus deberes, mejore sus relaciones con todos los miembros de la comunidad escolar y su integración en el centro educativo.
Plan de convivencia
El nuevo decreto define también el objeto, fines y principios del Plan de convivencia de cada centro, así como su estructura y contenidos. En este sentido incide en la necesidad de que se incluyan medidas, actuaciones y programas favorecedores de una convivencia de calidad, y procesos de seguimiento, evaluación y mejora del propio plan.
Además, el texto ahonda en las líneas puestas por la Ley 4/2011 en el referido a las normas de organización, funcionamiento y convivencia de los centros educativos, y en las actuaciones, programas y medidas para la mejora de la convivencia en ellos. En este sentido las normas de cada centro concretarán los derechos y deber del alumnado y establecerán las conductas contrarias a la convivencia y las correcciones correspondientes, y podrán incluir, por ejemplo, previsiones sobre el atuendo del alumnado o sobre el uso de dispositivos móviles y electrónicos.