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AYUDAS PARA ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO

RESOLUCIÓN DE 3 DE AGOSTO DE 2017, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO PARA EL CURSO ACADÉMICO 2017-2018.

Se convocan, para el curso   2017-2018 las siguientes ayudas individualizadas: 

a) Ayudas directas para los alumnos incluyendo a los afectados por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta. 

b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas. 

c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.  

Beneficiarios 

Los alumnos que presentan necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta podrán obtener las ayudas o subsidios a que se refieren los apartados a) y b) del artículo 1 cuando reúnan los siguientes requisitos: 

1.- Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada por alguna de las siguientes vías: 

- certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma 

- certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente 

- certificado de discapacidad

 Lugar y plazo de presentación de solicitudes. 

1. Los solicitantes que no dispongan de firma electrónica y, por tanto, impriman el modelo de solicitud   en  fichero   pdf  lo  presentarán,   con  su  firma   y  la  de  los  demás   miembros computables de la familia, acompañada  de la documentación  descrita en el artículo anterior, en el centro docente en el que vayan a seguir los estudios durante el curso académico  2017-2018.  

2.  Únicamente    podrán  presentarse  directamente  en  las  direcciones  provinciales  del Ministerio   de  Educación,  Cultura   y  Deporte  o  en  las  comunidades   autónomas    las solicitudes de aquellos alumnos que no hubieran podido obtener reserva de plaza para el curso 2017-2018 en un centro adecuado a sus necesidades educativas 

3. El plazo de presentación  de solicitudes se extenderá hasta el  28 de septiembre   de   2017 inclusive. 



blog | by Dr. Radut